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Aula especializada de Inglés con Profesorado Específico / English Room and English Teachers

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Una sesión semanal con profesorado Nativo en Inglés

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EDUCACIÓN PRIMARIA LH

Modelos B y D.

ENSEÑANZA TRILINGÜE.

CLIL.: Content and language integrated learning:

PE: Educación Física en inglés (heziketa fisikoa).

ARTS: Plástica en inglés (plastika).

SCIENCE: Ciencias en inglés (inguru).

Profesorado nativo.

Extraescolares en inglés y euskera.

EDUCACIÓN SECUNDARIA ESO/BACH.

Modelos B y D

Profesorado Nativo

CLIL: Aprendizaje integrado de contenido y lengua.

SCIENCE: ciencias en inglés (natur zientziak).

GEOGRAGHY: Geografía en inglés (gizarte)

HISTORY: Historia

ALEMÁN o FRANCÉS como optativas (tercera lengua: L3)

Cursos de preparación de EGA y First Certificate

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Aula Complementaria

Aula Complementaria


Es una aula de educación compensatoria zonal, ubicada en el centro que trata de responder a las necesidades educativas de alumnos (nivel ESO-II) que presentan dificultades o desmotivación para seguir el trabajo de un aula ordinaria.

El grupo se forma con las diferentes solicitudes de los centros de la zona. La selección de candidatos se realiza desde la Delegación de Educación. 

 El Aula Complementaria de Santa María se encuadra por un lado, en una línea de intervención para la adquisición de actitudes y por otro, en una línea de transmisión de aptitudes.

Para ello el programa está dividido en dos bloques:

  • Bloque académico: lenguaje, euskera, inglés, ciencias sociales, ciencias naturales, matemáticas, educación física y programa de enriquecimiento instrumental.
  • Bloque instrumental: taller de carpintería, taller de electricidad-electrónica.

Algunos de los objetivos que se trabajan en el Aula Complementaria :

  • Adquirir conocimientos básicos
  • Lograr destrezas y habilidades básicas
  • Superar 1º y 2º E.S.O
  • Preparar el acceso a Formación Profesional Básica
  • AULA ZONAL DE EDUCACIÓN COMPENSATORIA

    AULA ZONAL DE EDUCACIÓN COMPENSATORIA

  • AULA ZONAL DE EDUCACIÓN COMPENSATORIA

    AULA ZONAL DE EDUCACIÓN COMPENSATORIA

  • AULA ZONAL DE EDUCACIÓN COMPENSATORIA

    AULA ZONAL DE EDUCACIÓN COMPENSATORIA

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Consejo Escolar

Consejo Escolar


Es el Órgano de Máxima Representación del centro. Se reúne al menos una vez al trimestre y cuando lo convoca el Presidente.

El orden del día de cada reunión aparece publicada en la cartelera colegial antes de la reunión para facilitar que cualquier miembro de la Comunidad Educativa, en él representada, pueda hacer sus aportaciones a través de sus representantes.

Algunas de sus funciones hacen referencia a distintos aspectos de la vida del centro:

  • Velar por que el proceso de admisión de alumnos se desarrolle de acuerdo a la legalidad vigente.
  • Intervenir en los casos de aplicación del RRI del centro según la normativa vigente.
  • Aprobar el balance económico de cada ejercicio.
  • Aprobación de la propuesta de Calendario Escolar.
  • Otras.

 

MIEMBROS DEL CONSEJO ESCOLAR

REPRESENTANTES DE LA ENTIDAD TITULAR

 Emilio de la Fuente Hernández (Presidente)

H. Carlos Capellán Repes

H. Nemesio Castaño Teruelo

H. Jose Antonio Morante Serrano

REPRESENTANTES DE ALUMNADO

  Izaro Sabater Urquidi
  Brgoña Eliana Ideyi Odii

REPRESENTANTES DE FAMILIAS

 Santiago Casado Arroyo
 Amelia Garcia Recio
 Borja Garcia Baldeon 
 Esther Rubio Pascual 

REPRESENTANTES DEL PERSONAL DOCENTE

 Teresa Teruel Pujana
 Gorka Alava Juez
 Iker Iglesias Martín 
 María Mendizabal García

REPRESENTANTE DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS

 Leticia Salguero curros

REPRESENTANTE DEL AYUNTAMIENTO

 Javier Rodeño Gómez

REGIMEN  DE  FUNCIONAMIENTO DEL  CONSEJO

El  Consejo  Escolar  se  rige  por  las  siguientes  normas  de  funcionamiento:
a)  El Director Académico convoca y preside el Consejo Escolar.
b)  El  Secretario  del  Centro  es  el  secretario  del  Consejo.  De  acuerdo con el Director Académico preparará la convocatoria, él orden del día,  la  documentación  oportuna  y  levantará  el  Acta  correspondiente. La convocatoria debe hacerse con una semana de anticipación.
c)  El Consejo Escolar quedará válidamente constituido cuando estén presentes la mitad más uno de sus miembros.
d)  El  Consejo  Escolar  tenderá  a  adoptar  sus  decisiones  por  consenso, a través del diálogo y del contraste de criterios.
e)  Los acuerdos se tomarán, cuando proceda, por mayoría absoluta de  los  miembros  presentes.  Las  votaciones  serán  secretas  cuando se  trate  de  personas  o  lo  solicite  un  tercio  de  los  miembros  presentes. En caso de empate el voto del presidente será dirimente.
f)   Para  tratar  asuntos  no  incluidos  en  el  orden  del  día  será  necesario solicitarlo con 48 horas de antelación y avalarlo con 7 firmasde miembros del Consejo.
g)  El  Consejo  Escolar  se  reunirá  ordinariamente  una  vez  cada  trimestre del  curso  académico.  Con  carácter  extraordinario  se  reunirá por convocatoria del presidente cuando lo estime oportuno, a instancia o solicitud del Titular, o a propuesta de 7 miembros del propio Consejo.
h)  El  Consejo  Escolar  se  renovará  cada  dos  años.  Las  vacantes  que  se  produzcan  en  este  intervalo  se cubrirán por los respectivos colectivos a través de los suplentes. El sustituto lo será por el restante tiempo de la persona sustituida.
i)   Los Profesores, Padres y Alumnos miembros del Consejo Escolar tienen los mismos derechos y obligaciones    que    los    componentes    de    los    colectivos    a    los    que    pertenecen    y    representan. La pertenencia al Consejo no les confiere estatuto particular.
j)   El presidente puede convocar a las deliberaciones del Consejo a los demás órganos unipersonales y a aquellas personas cuyo informe o asesoramiento estime oportuno. En ambos casos asisten con voz pero sin voto.
k)  Todos los asistentes están obligados a guardar reserva y discreción de las deliberaciones del Consejo, sin menoscabo de una información adecuada a los demás componentes de la Comunidad Educativa.
l)   El Secretario levantará acta de cada reunión, quedando a salvo el derecho a formular y exigir en la siguiente reunión las correcciones que procedan. Una vez aprobada será suscrita por el Secretario que dará fe con el visto bueno del Presidente.
m) Cuando un asunto de la competencia del Consejo Escolar deba tratarse con carácter de urgencia y no exista posibilidad de convocar una reunión, el Director General, en representación del Titular, o en su caso el Director Académico, tomará la decisión, asumiendo lo que en su día decida el Consejo Escolar.

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Ofrecemos el alquiler de salas e instalaciones deportivas para actos o eventos. Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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